ARTÍCULO 25

Servicios de aficionado

(Actualizado por las decisiones de la WRC-03)


Sección I - Servicio de aficionados

25.1 §1
La radiocomunicación entre estaciones de aficionado de países distintos se permitirá a menos que la administración de uno de los países concernidos haya notificado su objeción a dichas radiocomunicaciones. (WRC-03)

25.2 §2 1) 
Las transmisiones entre estaciones de aficionado de países distintos se limitarán a comunicaciones incidentales para el propósito del servicio de aficionados, como está definido en el Nº 1.56, y a observaciones de carácter personal. (WRC-03)

25.2A   §2 1 bis) 
Las transmisiones entre estaciones de aficionado de países distintos no estarán codificadas con el propósito de ocultar sus significados, excepto para las señales de control intercambiadas entre las estaciones terrenas de mando y las estaciones espaciales del servicio de aficionados por satélite. (WRC-03)

25.3 2)
Sólo en casos de emergencia o de auxilio en desastres se pueden usar las estaciones de aficionado para transmitir comunicaciones internacionales en nombre de terceras partes. Una administración puede determinar la aplicabilidad de esta disposición a las estaciones de aficionado bajo su jurisdicción. (WRC-03)

25.4 No se usa

25.5 §3 1)
Las administraciones determinarán si una persona que pretende obtener una licencia para operar una estación de aficionado debe demostrar su habilidad para enviar y recibir textos en señales del código Morse. (WRC-03)

25.6 2)
Las administraciones verificarán la cualificación operacional y técnica de cualquier persona que desee operar una estación de aficionado. En la versión más reciente de la Recomendación M.1544 de la UIT se pueden encontrar consejos para los estándares de competencia. (WRC-03)

25.7 §4
La potencia máxima de las estaciones de aficionado será fijada por las administraciones interesadas. (WRC-03)

25.8 §5 1)
Todos los artículos y disposiciones pertinentes de la Constitución, el Convenio y este Reglamento se aplicarán a las estaciones de aficionado. (WRC-03)

25.9 2)
Durante el curso de sus transmisiones, las estaciones de aficionado transmitirán sus distintivos de llamada a cortos intervalos.

25.9A §5A  
Se anima a las administraciones a a dar los pasos necesarios para permitir a las estaciones de aficionado prepararse para satisfacer las necesidades de comunicación para auxilio en caso de desastre. (WRC-03)

25.9B §5B
Una administración puede determinar si permite o no a una persona que ha obtenido una licencia de otra administración para operar una estación de aficionado, operar una estación de aficionado mientras está temporalmente en su territorio, sujeta a las condiciones o restricciones que pueda imponer. (WRC-03)


Sección II - Servicio de aficionados por satélite

25.10 §6
Las disposiciones de la Sección I de este Artículo se aplicarán igualmente, según sea apropiado, al servicio de aficionados por satélite.

25.11 §7
Las administraciones que autoricen estaciones espaciales en el servicio de aficionados por satélite se asegurarán de que antes del lanzamiento se han establecido suficientes estaciones terrenas de mando para asegurar que cualquier interferencia perjudicial causada por las emisiones de una estación del servicio de aficionados por satélite será eliminada inmediatamente (véase el Nº 22.1).



Actualizado el 01/09/2005.



Fuente:   http://life.itu.int/radioclub/rr/art25.htm
©copyright
(descargado el 21/03/2008)
(traducido por EA8NQ, rev. 10/02/2009)




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